Formas de participación

CAPITULO IV SOCIOS/AS

Artículo 22. Requisitos
Podrán pertenecer al Instituto Europeo para el Conocimiento del Holocausto y los Totalitarismos aquellas personas con capacidad de obrar que tengan interés en el desarrollo de los fines fundadores.

Artículo 23. Clases
Dentro del Instituto Europeo para el Conocimiento del Holocausto y los Totalitarismos existirán las siguientes clases de socios/as:

Personas Físicas:

a) Promotores o fundadores, que serán aquellos que participen en el acto de constitución de la Asociación.
b) De número, que serán los que ingresen después de la constitución de la Asociación.

c) De honor, en el modelo de nombramiento que estime el Consejo Rector, aquellos que por su prestigio o por haber contribuido de modo relevante a la dignificación y desarrollo del Instituto Europeo para el Conocimiento del Holocausto y los Totalitarismos, se hagan acreedores a tal distinción. El nombramiento de los socios de honor corresponderá al Consejo Rector.

Personas jurídicas

a) Instituciones y organismos públicos nacionales e internacionales que tendrán el rango de Socios Protectores y velarán por el desarrollo de acciones conjuntas que fomenten y potencien el desarrollo de los fines fundadores.
b) Empresas privadas que tendrán asimismo el rango de Empresas Protectoras.

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